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  • Respecto a las libertades propuestas por Dahl expresi n

    2019-06-25

    Respecto JDTic 2HCl weight las libertades propuestas por Dahl (expresión, información y asociación) señala que no son suficientes, podrían tenerse en cuenta otras, o explicitar sus alcances, lo cual constituye un problema difícil de asumir. Él mismo no propone una lista de libertades. En todo caso, el énfasis está puesto en la necesidad de considerar la existencia del Estado de derecho, vigente de forma homogénea, no asimétrica. De la revisión sobre las adiciones, resulta lo que elmismo O’Donnell considera como una “definición realista y restringida, pero no minimalista, de la democracia política”. Deja abierto un problema importante que en la siguiente década será objeto de reflexión y de estudio: los casos que se ubican en una zona gris entre las democracias y los regímenes que no lo son, en los que se realizan elecciones, pero éstas no son limpias, o que presentan limitaciones en otros atributos. Respecto al segundo interrogante que planteamos, lo nuevo de O’Donnell respecto al concepto de poliarquía son las adiciones. El concepto de democracia como régimen político incorpora el carácter institucionalizado de las elecciones, si se quiere en el mismo sentido de la “Poliarquía electiva” propuesta por Sartori. En sus palabras: Pero O’Donnell va más lejos. Considera que la democracia no se restringe al régimen político y que se requiere también la existencia del Estado, más allá de su formalidad jurídica. Plantea la necesidad de que éste garantice la “soberanía interior”, en el clásico sentido weberiano del monopolio del uso legal de la fuerza y de la legitimidad, el consentimiento de la población derivada de sus políticas. Este poder efectivo estatal refiere al imperio de la ley, que exista el apego en condiciones de igualdad a la ley y que esto sea garantizado. Espera se asegure la misma clase de decisiones en situaciones equivalentes, y cuando no ocurra así, que otra autoridad habilitada para ello sancione al transgresor e intente rectificar las consecuencias. Para él un régimen democrático (o democracia política o poliarquía) presupone: a) un Estado territorialmente establecido que delimita a quienes son considerados ciudadanos/as políticos/as, y b) un sistema legal de ese mismo Estado que, dentro de su territorio, asigna la ciudadanía política sobre bases (limitadamente) universalistas. Si esto no ocurre hay una “estatalidad trunca”, la cual impide o afecta la concreción de la democracia. A partir de estas consideraciones y sus adiciones mediante una propuesta amplia de indicadores plantea que podemos diferenciar diversos grados de democracia. A comienzos de la última década del siglo xx, O’Donnell consideraba que todos los países de América Latina cumplían con las condiciones mínimas de la democracia del régimen político, sin embargo, había variaciones en cuanto al grado en que los atributos mencionados eran efectivamente cumplidos, así como también hay variaciones significativas en cuanto al grado en que el Estado y su sistema legal cubren la totalidad del territorio de estos países.
    Sus aportes al debate sobre la calidad de la democracia. Algo más que poliarquía, más allá del régimen político Los estudios, reflexiones y debates acerca de la democracia presentaron un giro en la última década y pasó a petrifaction ocupar un lugar importante el problema de la calidad de la democracia, que conllevó a una nueva forma de pensarla y medirla, más allá de los mínimos de la poliaquía. Los promotores de estos debates han sido, además de él, Leonardo Morlino, Larry Diamond, Philippe Schmitter, Francis Hagopian, David Beethan, David Altman y Aníbal Peréz-Liñán, Bingham Powell. O’Donnell contribuyó en estas reflexiones y debates, sus aportes centrales incluyen tres vectores centrales: (1) el concepto y los tipos de Accountability— rendición de cuentas— desde la década del noventa, vinculado inicialmente a su concepto de democracia delegativa y desarrollado posteriormente en sus dimensiones vertical y horizontal, (2) el énfasis en el imperio de la ley y los requerimientos de estatalidad como correlato para que exista democracia y, en sus últimos aportes, especialmente para el PNUD, (3) la relación entre democracia, desarrollo humano y derechos humanos, y lo que denominó democraticidad. En su concepción última de la democracia hay un desplazamiento de los planteamientos referidos al régimen político (poliarquía) hacia el Estado y la sociedad.